El alto tribunal argumenta que una comunidad autónoma, como la Generalitat, no puede convocar ni realizar actos que afecten a la carta magna, sin reformarla antes.
El pleno del Tribunal Constitucional ha declarado por unanimidad que la Generalitat de Catalunya procedió de manera inconstitucional en los actos preparatorios de la consulta alternativa del 9 de noviembre pasado.
El TC resuelve en una sentencia que la Generalitat vulneró la competencia exclusiva del Estado en la convocatoria de consultas que “afectan al orden constituido y al fundamento del orden constitucional”.
Una comunidad autónoma, razona el órgano constitucional, ni puede convocar una consulta ni realizar actos preparatorios que afecten a la Constitución.

