- La resolución ha salido hoy en el BOP y los mayores cuentan con un aplaza de 15 días hábiles, contados desde mañana día 28/05/2026
Podrán ser beneficiarios/as de las ayudas contempladas en las presentes bases, las personas empadronadas y residentes en el municipio de Hermigua, con al menos un año de antigüedad, circunstancias que se acreditarán mediante informe municipal de residencia.
Los mayores deberán tener unos ingresos brutos ponderados que no excedan del 2,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, definido en el Real Decreto Ley 3/2004, de 25 de junio, para la realización de la regulación del Salario Mínimo Interprofesional y para el incremento de su cuantía de los ingresos familiares en su cómputo anual, incluyendo dos pagas extras).
El importe máximo de cada subvención será de 1.500 euros. En el caso de que la suma de los importes de las ayudas solicitadas sea superior al importe objeto de la convocatoria (30.000 euros), éste se prorrateará entre las personas beneficiarias.

