En algunas comunidades autónomas estas tareas requieren autorizaciones específicas. En Castilla y León, por ejemplo, el decreto 5/2025 detalla los casos en los que hay que presentar una declaración responsable, como la poda de determinadas especies, mientras que en Galicia la normativa se centra en la obligatoriedad de la gestión de la biomasa vegetal, con sanciones de hasta 100.000 euros si no se cumple.
El ingeniero forestal José Manuel Zapata explica a Maldita.es que “el término ‘limpiar los montes’ es incorrecto. Los montes no están sucios si tienen estrato herbáceo, arbustivo o arbóreo. El término adecuado es ‘aplicar la silvicultura’ y un monte correctamente gestionado puede ser más resiliente frente al nuevo escenario climático”.
Tampoco los contenidos que señalan a la Agenda 2030 como responsable de la supuesta prohibición son ciertos. La Agenda 2030 es un acuerdo internacional de objetivos de desarrollo sostenible aprobado por Naciones Unidas en 2015, pero no tiene carácter legislativo ni regula aspectos concretos como la prevención de incendios forestales. De hecho, su plan de implementación en España señala que la mayoría de actividades necesarias para cumplir sus objetivos ya están recogidas en la Ley de Montes.
En Galicia y Castilla y León, dos de las comunidades más afectadas por los incendios, los planes de prevención refuerzan estas obligaciones de prevención. En Galicia se exige a los propietarios mantener los terrenos en condiciones que ayuden a evitar incendios, incluyendo la eliminación parcial o total de vegetación. En Castilla y León, la normativa obliga a los propietarios y entidades locales a evitar la acumulación de matorral y residuos.

