- Las subvenciones seran destinadas a la reconstrucción del potencial de producción agrícola dañado por los vientos acaecidos en El Hierro y La Gomera en el mes de diciembre de 2016 y enero de 2017, y para la implantación de medidas preventivas.
Estas subvenciones están cofinanciadas por la Unión Europea en un 85%, dicha cofinanciación, que asciende a quinientos diez mil (510.0000,00) euros, no se incorpora a esta convocatoria, sino que se abonará directamente a los que resulten beneficiarios de las mismas a través del Organismo Pagador de Fondos Agrícolas Europeos.
El plazo de presentación de solicitudes es de un (1) mes, contado a partir de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Canarias.
TEXTO DE LA ORDEN
3033 EXTRACTO de la Orden de 12 de junio de 2017, por la que se convocan para el ejercicio 2017, las subvenciones destinadas a la reconstrucción del potencial de producción agrícola dañado por los vientos acaecidos en El Hierro y La Gomera en el mes de diciembre de 2016 y enero de 2017, y para la implantación de medidas preventivas.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3, letra b) y 20.8, letra a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).
Primero.- Beneficiarios.
En el caso de inversiones en medidas preventivas destinadas a reducir las consecuencias de desastres naturales, fenómenos ambientales adversos y catástrofes probables: las agrupaciones de agricultores o ganaderos o entidades públicas.
En supuesto de inversiones para el restablecimiento de terrenos agrícolas y del potencial de producción dañados por desastres naturales, fenómenos ambientales adversos y catástrofes, esto es por los vientos acaecidos en las islas de El Hierro y La Gomera en el mes de diciembre de 2016: los agricultores o ganadero o agrupaciones de estos, o entidades públicas.
Dichos beneficiarios deberán además cumplir los requisitos exigidos en la Sección 4ª del Capítulo II de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de la región de Canarias para el periodo 2014-2020, aprobada por Orden de 15 de septiembre de 2016, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas (BOC nº 186, de 23.9.16).
Segundo.- Objeto.
Subvencionar las inversiones realizadas por agrupaciones de productores y entidades públicas en medidas preventivas destinadas a reducir las consecuencias de desastres naturales, adversidades climáticas y catástrofes probables; o las inversiones realizadas por agricultores, agrupaciones de productores y entidades públicas para la recuperación del potencial de producción y de terrenos agrícolas dañados por desastres naturales, adversidades climáticas y catástrofes declaradas por el Gobierno de Canarias de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.3 del Reglamento (UE) nº 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.
En todo caso la subvención deberá contribuir a la viabilidad de las explotaciones y a su competitividad frente a desastres naturales y catástrofes, mediante el apoyo a los agricultores y a las entidades públicas para restaurar el potencial agrícola dañado y reparar las infraestructuras agrarias dañadas o realizar inversiones en medidas preventivas.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden de 15 de septiembre de 2016, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de la región de Canarias para el periodo 2014-2020 (BOC nº 186, de 23.9.16).
Cuarto.- Cuantía.
Se destinan créditos por importe de noventa mil (90.000,00) euros, con cargo a la aplicación Presupuestaria 13.10.412A.15700025 «Reconstitución del potencial productivo dañado FEADER 2014-2020». Dichos créditos se distribuirán en la forma siguiente:
a) Para la adopción de medidas preventivas destinadas a reducir las consecuencias de desastres naturales, adversidades climáticas y catástrofes probables: 15.000,00 euros.
b) Para la recuperación del potencial de producción y de terrenos agrícolas dañados por los vientos acaecidos en las islas de El Hierro y La Gomera durante el mes de diciembre de 2016: 75.000,00 euros.
Estas subvenciones están cofinanciadas por la Unión Europea en un 85%, dicha cofinanciación, que asciende a quinientos diez mil (510.0000,00) euros, no se incorpora a esta convocatoria, sino que se abonará directamente a los que resulten beneficiarios de las mismas a través del Organismo Pagador de Fondos Agrícolas Europeos.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Un (1) mes, contado a partir de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 12 de junio de 2017.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y AGUAS,
Narvay Quintero Castañeda.