(Maldita.es – Verifica en WhatsApp +34 644229319).- Circula un vídeo en el que se asegura que «cada inmigrante ilegal que llega a nuestro país recibe ayudas económicas del Gobierno«, incluyendo 350 euros al mes, subvenciones para el alquiler y otros beneficios. Sin embargo, estas afirmaciones se basan en un protocolo de ayudas económicas que estuvo vigente únicamente en 2013 y que estaba dirigido a solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia, protección temporal e inmigrantes vulnerables.
El vídeo menciona que los inmigrantes que llegan a España de manera irregular reciben distintas prestaciones, como ayudas al transporte, al alquiler y para gastos sanitarios. Sin embargo, el protocolo en el que se basan estas afirmaciones fue impulsado en 2013, entre otros, por la Secretaría General de Inmigración y Emigración, desaparecida en 2020, y estaba parcialmente financiado por el Fondo Europeo para los Refugiados (FER), desarticulado en 2013.
El documento distinguía dos grupos de beneficiarios según la fuente de financiación. Los que se beneficiaban de subvenciones nominativas canalizadas a través de ONG como Cruz Roja, ACCEM y CEAR eran solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia, protección temporal e inmigrantes vulnerables. Según han contado tanto el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones como CEAR a Maldita.es, este último grupo incluía a “personas denegadas de asilo especialmente vulnerables o vinculadas al asilo de alguna manera (reagrupación de familias de refugiados o personas con algún tipo de protección)”.
La ONG también añade que para que estas personas accediesen a la subvención, debían tener un informe social elaborado por la entidad que les había acompañado en el caso de asilo y que acreditase la situación de vulnerabilidad y/o exclusión social: minoría de edad o edad avanzada, embarazo, cargas familiares, falta de apoyo, estado de salud, haber sido sometido a tortura, violación y otras formas graves de violencia psicológica, física o sexual. Así, las ayudas no se otorgaban a “cada inmigrante ilegal” que llegaba a España.
Por otro lado, los beneficiados por el FER y el Fondo Social Europeo (FSE) eran refugiados, apátridas, reasentados, solicitantes de asilo, solicitantes y beneficiarios de protección subsidiaria o beneficiarios de protección temporal.
Además, no todos los solicitantes recibían la misma cantidad de dinero, ya que las ayudas estaban sujetas a la situación de vulnerabilidad de las personas y exigían el cumplimiento de varios requisitos. Así, era imprescindible carecer de recursos económicos suficientes y presentar documentación en vigor, un certificado de empadronamiento, certificado de vida laboral o documentación acreditativa de ingresos. Los solicitantes que cumpliesen todos los requisitos podían beneficiarse de las ayudas recogidas en el protocolo durante un periodo máximo de 24 meses.
En la actualidad, el Sistema de Acogida de Protección Internacional está regulado por el Real Decreto 220/2022 del 29 de marzo. Este marco legal establece que solo pueden acceder a este sistema personas solicitantes de protección internacional, apátridas y solicitantes o beneficiarios de protección temporal. Nuevamente, las personas migrantes en situación irregular no se incluyen entre los beneficiarios. Tampoco pueden solicitar ninguna prestación económica estatal, como el Ingreso Mínimo Vital, ya que estas ayudas exigen tener residencia legal y efectiva en España.
En cambio, estas personas sí pueden recibir atención temprana a través del Programa de Atención Humanitaria, financiado por los Presupuestos Generales del Estado, cuando entran en España de manera irregular a través de la costa o por vía terrestre a través de Ceuta y Melilla. Este programa cubre necesidades básicas como alojamiento, manutención o atención sanitaria básica.
Por otro lado, el vídeo también señala a las personas de nacionalidad marroquí como principales beneficiarias de estas ayudas y cuestiona su estatus de refugiados. Se difundió en septiembre de 2024, por lo que observando los datos anuales definitivos del año 2023 del Ministerio del Interior, los últimos disponibles en aquel momento, Marruecos ocupaba el sexto lugar como país de origen de los solicitantes de protección internacional, con una diferencia de solo cuatro personas con respecto a Cuba, que ocupaba el quinto puesto. También fue el segundo país que más resoluciones desfavorables de protección internacional recibió.
En 2024, Marruecos tampoco estuvo entre los cinco países con más solicitudes de protección internacional presentadas en España, sino que ocupó el sexto puesto en solicitudes presentadas, con 4.248, con una amplia diferencia con respecto al quinto. También fue el tercer país que más resoluciones desfavorables de protección internacional recibió.
Las personas marroquíes también son señaladas durante el vídeo por, supuestamente, recibir dinero para ir de vacaciones a España y visitar así a sus familiares. El protocolo de 2013, en realidad, hace mención a una partida presupuestaria excepcional que, con previa autorización de la Dirección General de Migraciones, estaba destinada a la reagrupación familiar. Este es un derecho que la normativa de extranjería española reconoce.
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