El Constitucional admite a tramite el recurso contra la actividad turística en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma.

- El Pleno del Tribunal Constitucional admitido dicho recurso en su reunión del día 31 de enero
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 31 de enero actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 6711-2016, promovido por más de cincuenta Diputados del Grupo Parlamentario Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, contra los artículos 3 y 4 y disposiciones adicionales primera, segunda y tercera de la Ley 2/2016, de 27 de septiembre, para la modificación de la Ley 6/2002, de 12 de junio, sobre medidas de ordenación territorial de la actividad turística en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma.
El Grupo Parlamentario Podemos elevo la Ley Turística de las Islas Verdes ante el Tribunal Constitucional, a través de un recurso de amparo, al entender que se han vulnerado sus derechos como cargos públicos a participar en condiciones de igualdad en la tramitación de esta ley, tal y como se recoge en el artículo 23 de la Constitución, que afirma que “los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos por medio de representantes elegidos por sufragio universal”.
En el recurso de amparo se detalla cómo el Parlamento de Canarias -a través primero de la Comisión de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, y más tarde a través de la propia Mesa de la Cámara- lesionaron ese derecho fundamental de los diputados de Podemos negándoles la posibilidad de participar en el debate en ponencia y comisión. Lo hicieron no calificando las enmiendas parciales -que presentó el Grupo al Proyecto de Ley elaborado por el Cabildo Insular de La Palma para la modificación de los artículos 4 y 8 de la Ley 6/2002, de 12 de junio, sobre medidas de ordenación territorial de la actividad turística en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma- argumentando que “eran una enmienda a la totalidad encubierta”.