El Cabildo Insular de La Gomera, de fecha veintidós de diciembre, ha aprobado la creación de los ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública y responsabilidad de esta Corporación.
La finalidad y usos previstos serán el control horario, gestión de las vacaciones, permisos y licencias del personal laboral al servicio del Cabildo Insular de La Gomera.
Al parecer se verán afectados todas las personas o empleados al servicio del Cabildo Insular de La Gomera, que podrían verse obligados a fichar sus entradas y salidas mediante la huella dactilar.
¿Es legal?
En el caso del control horario de los trabajadores mediante huella dactilar, la AEPD ha corroborado en varios informes y resoluciones la legalidad del tratamiento, sin necesidad incluso de recabar el consentimiento de los afectados, amparándolo en la existencia de una relación laboral y, en concreto, en el art. 6.2 de la LOPD, según el cual no será preciso el consentimiento cuando los datos “se refieran a las partes de un contrato o precontrato de una relación negocial, laboral o administrativa y sean necesarios para su mantenimiento o cumplimiento”.